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SERVICIOS EN INTERNET

 

Servicio de Consultas Gratuitas

 

El Registro de Personas Jurídicas ofrece al usuario las siguientes Consultas Gratuitas vía internet, para acceder a ellas, es necesario estar registrado en el Sistema de Certificaciones e Informes Registrales, del sitio www.rnpdigital.com

 

1.       Consulta de Documentos por Citas de Presentación

2.       Consulta de Personas Jurídicas por Nombre Social

3.       Consulta de Personas Jurídicas por Cédula Jurídica

4.       Consulta al Impuesto de Personas Jurídicas

5.       Consulta al Libro de Primeras Presentaciones

6.       Consulta de Movimientos Históricos de Sociedades

7.       Consulta al Índice de Persona Física.

8.       Consulta al Índice Persona Jurídica.

 

En caso de dudas por favor contáctenos al chat en Línea o bien al Tel: 22202-0888.

En Horario: Lunes a Viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

 

 

Servicio de Certificaciones Digitales

 

El Registro de Personas Jurídicas ofrece al usuario las siguientes Certificaciones Digitales vía internet, para acceder a ellas, es necesario estar registrado en el Sistema de Certificaciones e Informes Registrales, del sitio www.rnpdigital.com

 

1.       Afectaciones Por Citas de Inscripción 

2.       Cédula Jurídica o Consecutivo de Identificación 

3.       Histórica de Afectaciones y Poderes 

4.       Histórica de Movimientos de Una Persona Jurídica 

5.       Literal de Persona Jurídica 

6.       Nombre de Persona Jurídica 

7.       Personería Jurídica 

8.       Poderes Por Citas de Inscripción 

9.       Trámites de Un Documento Presentado 

10.    Índice de Poderes de Una Personas Jurídica 

11.    Índice Personas Física 

 

 

 

Manual para Adquirir Certificaciones Digitales

 

Para más información o bien en caso de dudas por favor contáctenos al Tel: 22202-0888.  Horario: Lunes a Viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

 

 Clases y Tipos de Personas Jurídicas

 

Con fundamento en el artículo 3 del Decreto Ejecutivo Número 15126-H-PLAN del 23 de enero de 1984 emitido por el Poder Ejecutivo, establece que el Registro Nacional, será el ente encargado de la generación del número de identificación para las Personas Jurídicas, así como la configuración del mismo, dicha norma se complementada por el Reglamento del Registro de Personas Jurídicas en su Título V Capítulo I Asignación de Cédula Jurídica o Número Identificador artículos 134 a 142 del Decreto Ejecutivo No. 44648-MJP de 05/09/2024 publicado en la Gaceta No. 177 del 24/09/2024 Alcance No. 163; concretamente el articulo 137 Conformación de la cédula jurídica o número identificador, nos indica:

 3 del Decreto Ejecutivo 34691 Asignación Y Expedición De Cédula del vigente desde el 29 agosto del 2008 el cual indica:

 

Artículo 137.- Conformación de la cédula jurídica o número identificador. El número de cédula jurídica está conformado por diez caracteres, el primero de ellos corresponde al tipo de persona jurídica, siendo de derecho público o de derecho privado; los siguientes tres dígitos, corresponden a la clase de la persona jurídica según su naturaleza y conforme a la legislación que la regula. Los restantes seis caracteres son alfanuméricos y corresponden al consecutivo asignado por el Registro de Personas Jurídica.

 

 

 

 

 

Tramitación Electrónica para la Inscripción de Sociedades Anónimas y Sociedades Limitadas Mediante el sitio Tramite ¡YA! / CrearEmpresa

 

El Registro Nacional a través del Registro de Personas Jurídicas, participa en el proyecto CrearEmpresa, promovido por la Presidencia de la República, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y desarrollado por la Secretaría Técnica de Gobierno Digital, actualmente a cargo de Radiográfica Costarricense (RACSA)

 

 

 

 

En donde se busca mejorar el clima de negocios favoreciendo la competitividad de nuestro país, agilizando y simplificar los trámites y requisitos necesarios para la creación de nuevas empresas, por medio de la innovación y la utilización de la tecnología.

 

El decreto ejecutivo  37593 del 12/02/2013 Reglamento para el Funcionamiento y la Utilización del Portal "CrearEmpresa", indica en Capítulo II, Inscripción de sociedad mercantil, artículo 14. Tramitación Electrónica obligatoria de sociedades

 

Artículo 14. Tramitación electrónica obligatoria de inscripción de sociedades. El servicio público de inscripción de toda nueva sociedad anónima o de responsabilidad limitada cuyo capital sea pagado en dinero efectivo o títulos valores los brindara el Registro Nacional únicamente mediante la plataforma CrearEmpresa, siempre y cuando su capital sea pagado en dinero efectivo o títulos valores.

 

El Registro Nacional cancelará el asiento de presentación a todo documento presentado ante la Sección del Diario del Departamento de Recepción y Entrega, relacionado a los supuestos indicados en el párrafo anterior. (Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo 38137 del 12 de diciembre del 2013)

 

 

Para más información o bien en caso de dudas puede:

 

1.      Ingresar al Sitio Web: https://tramiteya.go.cr/crearempresa/

2.      Soporte en Línea: Correo Electrónico: trámiteya@racsa.go.cr

3.      Acudir a la sección de ayuda en la dirección: https://tramiteya.go.cr/ayuda/crearempresa

 

Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación, Correo electrónico

Descripción generada automáticamente

Actualizado al 23/10/2024

 

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