La
creación del Registro de Personas Jurídicas se dio en el año 1997, con base
en los estudios del proceso de reestructuración del Registro Nacional,
estudios que determinaron la necesidad de constituir la Dirección de
Personas Jurídicas, entendida como Registro de Personas Jurídicas en
términos prácticos, con independencia administrativa y presupuestaria,
propia de un órgano desconcentrado que estuviera adscrito al Registro
Nacional, pues la demanda creciente de los servicios que se brindan
aumentaba en forma acelerada, generando que dentro del Registro
Inmobiliario, cuya especialidad de la materia es totalmente distinta a la
de Personas Jurídicas, se dieran limitaciones en la atención de necesidades
de equipo, mobiliario, personal, situación que repercutía en la calidad del
servicio.
Ante
lo anterior, la Junta Administrativa del Registro Nacional, emite un
acuerdo administrativo en la sesión extraordinaria N° 058-97, celebrada el
30 de octubre de ese año, acuerdo que establece formalmente la creación de
la Dirección de Personas Jurídicas, fortaleciendo la tesis planteada en el
documento de reestructuración del Registro Nacional. Esta propuesta fue
avalada por el Ministerio de Planificación (MIDEPLAN) mediante el oficio
N.º DM 133-98, del 05 de marzo de 1998, y oficializada con la promulgación
del "Reglamento del Registro Público", que es Decreto Ejecutivo
N° 26771-J, del 18 de marzo de 1998 y sus reformas, quedando definida la
estructura organizativa en ese momento.
Posteriormente,
en el año 2000, se dio la creación de la Subdirección de Personas Jurídicas
y la Coordinación Registral, mediante el Decreto Ejecutivo N° 28541-J de 29
de marzo del 2000, que creó estas dependencias con el fin de darle una
estructura acorde a la de los demás Registros. Ese mismo año, con la
entrada en vigor de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos
de Propiedad Intelectual N°8039, del 27 de octubre del 2000, se dio una
reforma tácita a la Ley de Creación del Registro Nacional, con lo que se
consolidó la estructura del Registro de Personas Jurídicas.
En el
año 2001 se dio la implementación de la estructura del Registro de Personas
Jurídicas, a través del oficio del Ministerio de la Presidencia y de
Planificación Nacional y Política Económica N° DM 007-01, del 6 de febrero
del 2001, que avala la nueva estructura para el hoy denominado Registro de
Personas Jurídicas, conformado por una Dirección, Subdirección,
Coordinación Registral y Coordinación del Área de Servicios, con sus
respectivas áreas a cargo.
Con
el pasar de los años, la estructura ha ido variando, en virtud de las
necesidades que se presentan constantemente, necesidades generadas por el
incremento en la cantidad de funciones a cargo del Registro, el aumento de
la cantidad de documentos que se tramitan para su calificación, así como
las nuevas tecnologías que se han implementado en la Institución.
El 17
de noviembre de 2003 se implementó el primer Sistema Automatizado de
Personas Jurídicas, con el que se logró agilizar la tramitación de
documentos, dejando atrás métodos arcaicos como lo es la inscripción en
folios de papel. En un inicio se requirió de un plazo de adaptación por
parte del personal del Registro, no obstante, en un corto tiempo se logró
que la tramitación de los documentos fuera más ágil y expedita. De la mano
con la entrada en funcionamiento del Sistema Automatizado, se dio inicio al
traslado de todos los asientos registrales que se encontraban en los Tomos
físicos de papel, logrando en la actualidad que toda la información conste
y pueda ser consultada digitalmente.
En el
año 2008 se inició con la validación de inscripciones ante la Caja
Costarricense del Seguro Social, en virtud de lo dispuesto en la Ley
Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social y con el fin de
brindar seguridad jurídica, así como un mejor servicio a nivel registral,
se implementó el convenio entre el Registro Nacional y la Caja
Costarricense de Seguro Social para dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 74 de la norma citada, estableciéndose un procedimiento de
verificación de información, que permite la comprobación de información
brindada por el "Web Service" que posee la base
de datos la C.C.S.S., a efecto de verificar si alguna entidad jurídica se
encuentra al día, o, por el contrario, es un patrono moroso con el pago de
sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social, situación
que repercutirá en la inscripción, o no, del documento en trámite.
La inscripción
de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada mediante formularios
electrónicos, se empezó a realizar el 2 de enero de 2014, con el afán de
brindar mayores facilidades a los usuarios, ejecutando mejoras en la
prestación de servicios, por lo que
ajustándose al numeral 14 del Reglamento para el funcionamiento y la
Utilización del Portal "CrearEmpresa", Decreto
Ejecutivo N°37593-JP-MINAE-MAG-MEIC-S, se implementó la inscripción de
sociedades anónimas y de responsabilidad limitada mediante la plataforma
web de Gobierno Digital CrearEmpresa. A partir de
ese momento se instruye a las diferentes áreas que conforman este Registro,
que toda inscripción de una nueva entidad anónima y de responsabilidad
limitada, cuyo capital sea pagado en dinero en efectivo o títulos valores,
será únicamente a través de la plataforma de CrearEmpresa.
Con la utilización de este sitio digital se incrementó la simplificación y
rapidez en la inscripción de nuevas empresas.
En el
año 2017 se inició con la validación de inscripciones ante Plataforma de
Consulta de Morosidad del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares, con la suscripción del Convenio entre la Junta Administrativa
del Registro Nacional y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el fin
de dar cumplimiento al artículo 22 de la Ley de Desarrollo Social y
Asignaciones Familiares, N°5662, brindando seguridad jurídica y un mejor
servicio a nivel registral. Con este convenio se verifica si una entidad jurídica
se encuentra al día en el pago de sus obligaciones ante FODESAF, para tal
consulta de información se utiliza un "Web Service",
situación que repercutirá en la inscripción, o no, del documento en
trámite.
En el
año 2018 entra en funcionamiento del nuevo Sistema Automatizado de Personas
Jurídicas, con el objetivo de cumplir con los estándares del Registro
Nacional, seguir contando con tecnología de punta en nuestros sistemas y
asegurar un excelente servicio, se migró y reprogramó el Sistema
automatizado de Personas Jurídicas en las nuevas herramientas
institucionales, corriendo la base de datos en Oracle y el Servidor de
aplicaciones en WebLogic. La entrada en producción del nuevo Sistema de
Personas Jurídicas se realizó el lunes 26 de marzo de ese año, logrando
optimizar la calidad y exactitud en la anotación, calificación e
inscripción de documentos correspondientes a este Registro, garantizando la
seguridad jurídica y celeridad en los trámites.
En el
año 2023 dio inicio la inscripción de Constitución de sociedades o aumentos
de capital, mediante el aporte bienes muebles o inmuebles como forma de
pago del capital de la entidad, de manera concentrada en Personas
Jurídicas, con la finalidad de brindar una mayor agilidad y seguridad
jurídica en la tramitación de documentos que tratan del aporte como pago
del capital, de bienes muebles o inmuebles, estos documentos serán
tramitados de forma integral por la Dirección del Registro de Personas
Jurídicas, conforme lo dispuesto por la Dirección General del Registro
Nacional mediante la promulgación del Criterio Registral 0001-2023, del 19
de octubre de 2023.
Para
su implementación, las Direcciones de los Registros Inmobiliario, Bienes
Muebles, Personas Jurídicas y la Dirección de Informática, realizaron todas
las acciones necesarias a efectos de que la registración de los documentos
de constitución de sociedades o aumento de capital cuando se aporta como
pago del capital, bienes muebles o inmuebles, se tramiten de forma íntegra
por la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, brindando un mejor
servicio a los usuarios y una mayor seguridad jurídica registral.
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